Noticias

CONAGUA – Nuevas cuotas de garantía de no caducidad

header image
header image

Puntos clave

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) autorizó a la Comisión Nacional del Agua (“CONAGUA”) los montos de aprovechamientos que deberán pagarse por concepto de cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales para el ejercicio fiscal 2025.

El pago de esta cuota constituye una alternativa para evitar la caducidad de las concesiones o asignaciones cuando no se explotan las aguas nacionales durante dos años consecutivos.

Estas cuotas se fijan por metro cúbico de agua y varían según el tipo de fuente (superficial o subterránea), la zona de disponibilidad y el uso del recurso.

El 13 de agosto de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “OFICIO número 349-B-141 mediante el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Comisión Nacional del Agua, bajo la figura de aprovechamientos, las cuotas por m³ necesarias para la determinación y pago de la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales, para el ejercicio fiscal 2025”.

Este mecanismo, previsto en la Ley de Aguas Nacionales y en el Reglamento para la determinación y pago de la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales (“Reglamento”), tiene como finalidad asegurar el uso eficiente de los volúmenes concesionados o asignados y evitar la pérdida de derechos por falta de explotación.

La cuota de garantía de no caducidad permite a los concesionarios mantener los volúmenes de aguas nacionales previstos en los Títulos de Concesión correspondientes que no hayan sido utilizados durante un periodo de dos años consecutivos, evitando con ello su caducidad.

La determinación y pago del monto de la cuota de garantía de no caducidad se realiza de conformidad con los lineamientos que establece el Reglamento para la determinación y pago de la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2011, previo cálculo del monto a garantizar.

Para realizar el cálculo referido, es necesario tomar como base la cuota autorizada para el ejercicio fiscal respectivo. En este sentido, para el ejercicio fiscal 2025, las cuotas autorizadas por la SHCP para dichos efectos son las siguientes:

conagua

En comparación, durante el ejercicio fiscal 2024 las cuotas fueron las siguientes:

conagua

Al contrastar ambos ejercicios, se observa que en 2025 se mantienen las categorías de diferenciación (aguas superficiales y subterráneas, zonas de disponibilidad y usos específicos), pero con ajustes en los montos por metro cúbico, con un incremento promedio de 2.8% respecto de 2024.

 

Escrito por Mauricio Llamas, Mauricio Villegas, y Pablo Navarro.

Búsqueda

Regístrese para recibir contenido personalizado ¡y más!